María Márquez. Madrid
Poco en claro ha sacado el portavoz de la Izquierda Plural, Gaspar Llamazares, sobre por qué la ministra Ana Mato ha considerado tan urgente el RD 16/2012 como para no tramitarlo vía debate parlamentario. Según la titular de la sanidad nacional, “no había margen de espera con la situación que nos habíamos encontrado”, y ante la decisión “unilateral” que ha tomado su equipo, tal y como le acusa la Izquierda Plural, defiende que el debate y consenso se planteará en los grupos de trabajo establecidos con las autonomías en el seno del Consejo Interterritorial.
El portavoz de la Izquierda Plural,
Gaspar Llamazares.
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Llamazares ha apelado a que el malestar ante la falta de diálogo se extiende a sindicatos y colegios profesionales, que tachan a la norma de “injusta”. Por curioso que parezca, Mato ha comenzado su intervención instando al Pacto que quiere alcanzar con los partidos políticos y que “sigue vigente”. A continuación, se ha defendido de las críticas sobre el “aseguramiento” recalcando que esta es “una expresión técnica de referencia en la Unión Europea” y que de la misma forma, el Consejo Interterritorial cuenta con una comisión permanente de aseguramiento, financiación y prestaciones. Llamazares ha realizado la petición expresa de “enmendar” el texto como proyecto de ley, y ha acusado a Mato de mentir sobre el déficit de 16.000 millones de euros del Sistema Nacional de Salud, que no es tal déficit, según él, sino que se trata de “deuda acumulada”. Tampoco ha aceptado el argumento de la ministra sobre “el peligro de su viabilidad”, matizando que solo “necesita mejoras”.
Mato dice que el RD no cambia leyes anteriores... cuando hay tres modificadas
La titular de Sanidad ha recordado que, una vez convalidado, “el RD no se modificará” pero que la negociación está abierta en el diálogo con las comunidades. Por otro lado, ha hecho hincapié en que la norma “no supone un cambio de modelo ni modifica leyes anteriores”, afirmación esta última discutible ya que el texto hace referencias, por ejemplo, a la modificación de las Leyes: 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS (Capítulo I, artículo 1; Capítulo II, artículo 2); Ley 29/2006 de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios (Capítulo IV; artículo 4 y apartado 1 del artículo 94); y la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, sin contar con el cambio que también han experimentado varios reales decretos.
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